Obligaciones con el Infonavit como empleador

23 de marzo de 20255 min lectura

Las obligaciones patronales ante el Infonavit van más allá de simplemente pagar el 5% del salario base de cotización. Conocerlas es clave para evitar multas.

Obligaciones principales

1. Registro patronal

Al contratar tu primer empleado, automáticamente tienes obligaciones ante el Infonavit. El registro se realiza a través del IMSS (el número de registro patronal es el mismo).

2. Aportaciones patronales (5% del SBC)

El patrón debe aportar el 5% del Salario Base de Cotización de cada trabajador al Infonavit bimestralmente. Este dinero se acumula en la subcuenta de vivienda del trabajador en su Afore.

3. Descuentos por crédito Infonavit

Si alguno de tus trabajadores tiene un crédito activo con el Infonavit, el patrón está obligado a retener y enterar el descuento correspondiente de su nómina. No hacerlo es una infracción grave.

4. Avisos de modificación salarial

Cuando cambia el salario de un trabajador, debes notificarlo al IMSS (que lo comunica automáticamente al Infonavit) para que las aportaciones se ajusten correctamente.

5. Conservar comprobantes de pago

Guarda durante 5 años los comprobantes de todas las aportaciones realizadas, en caso de que el Infonavit inicie una auditoría.

Plazos de pago

Las aportaciones al Infonavit se pagan bimestralmente, junto con las cuotas al IMSS en los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.

Consecuencias del incumplimiento

Multas del 5% al 10% del importe no enterado por cada bimestre, más recargos y actualización.

Automatiza tu cumplimiento fiscal

SAT al día descarga tus documentos fiscales automáticamente. Sin entrar al portal del SAT.